SEGURO DE INTERMEDIARIOS DE CRÉDITO | PÓLIZA DE SEGURO INTERMEDIARIO CREDITO | REQUISITO BANCO DE ESPAÑA

 

¿Quieres saber más?

Déjanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo.





    Seguro de RC
    Intermediario de Crédito
    Cumple ¡YA! con el requisito del Banco de España

    Cumple con la normativa del Banco de España

    La nueva normativa hace obligatoria la contratación de una cláusula de "Periodo Adicional de Reclamaciones" antes del 16 de Diciembre de 2019

    Este nuevo requisito afecta a todos los que ejerzan en más de una Comunidad Autónoma. Somos los primeros en ofrecer esta cobertura y a un precio imbatible.

    YouTube video

    Seguro de RC con claúsula PAR

    Incluye la cláusula de Periodo Adicional de Reclamaciones

    COBERTURA de RC Profesional
    No erosiona el límite asegurado con otras garantías.
    Adaptado a la normativa del BE
    Se adapta a la normativa del Banco de España mediante la posibilidad de incluir una cláusula de Periodo Adicional de Reclamaciones. Requisito para los que ejerzan en más de una Comunidad autónoma.
    Concesión de Préstamos hipotecarios
    Posibilidad de incluir Cobertura para la Concesión de Préstamos hipotecarios, necesarias en las comunidades de Madrid y Murcia.

    Coberturas de la cláusula PAR

    Términos y condiciones de la Cláusula de Periodo Adicional

    En caso de Incapacidad, Fallecimiento y Cese de las Actividades del Asegurado, se aplicarán los siguientes términos y condiciones:

    Una vez abonada la sobre prima correspondiente establecida en las Condiciones Particulares, se asegura un Periodo Adicional de Reclamaciones de 60 meses que aplicará en caso de que se den alguna de estas dos condiciones:

    • a) Que el Asegurador no renueve la póliza.
    • b) Que el Asegurado cese en la actividad de intermediario de crédito de forma definitiva por uno de los motivos anteriormente expuestos.

    ¿Quieres saber más?

    Déjanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo.