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Sanciones a operadores por 432.000 euros

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Sanciones a operadores por 432.000 euros

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) es quien habilita a los operadores de drones. A aquellos que usan aeronaves no tripuladas de menos de 150 kilos para fines profesionales, pues las de mayor peso son reguladas por el organismo europeo EASA, y las que son utilizadas para ocio no necesitan ningún tipo de permiso. La agencia española además es quien realiza las inspecciones a estas empresas para comprobar que cumplen la ley actual (actualmente se prepara una nueva normativa).

“Hasta ahora hemos abierto 69 expedientes sancionadores y 60 ya han sido sancionados con un total de 432.000 euros. La mayoría por volar en zonas no permitidas, por no ser operadores habilitados o no cumplir los requisitos que se exigen a las aeronaves”, cuenta una portavoz de la agencia.

Eduardo Blanco, vocal del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial (Copac), asegura que la proliferación de las aeronaves no tripuladas es un tema que les preocupa mucho. “Veíamos venir el problema de seguridad desde hace cuatro años, así que cualquier medida como la de Enaire no solo la apoyamos, sino que la exigimos. Hay que ser proactivos, pues la mayoría de la gente no tiene conocimientos sobre aeronáutica y les cuesta entender la normativa”.

Blanco destaca, no obstante, que a los pilotos les preocupa mucho más los drones que se usan para recreo, porque no están regulados. “Los que se usan con fines profesionales sí lo están y a quienes los operan se les exige un certificado y tienen que ser homologados”. En este contexto, defiende que “debería exigirse por ley que a la gente se la informe sobre la trascendencia que tiene usar mal un dron cuando lo compran en las tiendas”.

Desde el Copac creen que el principal objetivo debe ser que las operaciones sean seguras para los operadores comerciales, las personas y propiedades en tierra y el resto de los usuarios del espacio aéreo. «Los pilotos a los mandos de aeronaves no tripuladas, como últimos responsables de la seguridad, deberán suplir las carencias del sistema, y esto solo se puede conseguir con una formación exhaustiva». Además, insisten en la necesidad de hacer un gran esfuerzo de divulgación de cultura aeronáutica para que quieres hagan un uso recreativo de los drones sean conscientes de las consecuencias que puede tener un mal uso de estas aeronaves.

Nueva normativa:

La futura normativa sobre drones en España plantea nuevos escenarios operacionales. Entre ellos, las operaciones en espacio aéreo controlado, aunque se requerirán requisitos de formación del personal y de los equipos, así como un estudio aeronáutico de seguridad coordinado con el proveedor de servicios de tránsito aéreo y la previa autorización de AESA. Igualmente, se contempla el sobrevuelo de zonas urbanas y aglomeraciones de personas, siempre que sea con un dron de menos de 10 kilos, a un máximo de 100 metros del piloto y de 120 metros de altura. Además de presentar un estudio de seguridad específico y la autorización de la agencia española citada.

Una portavoz de la AESA apunta un tercer escenario: las operaciones nocturnas y los vuelos más allá del alcance visual del piloto con aeronaves de más de 2 kilos. En ambos casos, precisa, será necesario un estudio de seguridad, la autorización de la agencia y que el aparato tenga unos requisitos técnicos concretos.

(Información extraida de http://cincodias.com/)